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Publicidad exterior móvil
- La Solicitud de LMU-41B es requisito indispensable para el permiso de publicidad exterior móvil para TRANSPORTE PÚBLICO; para Transporte Comercial (taxis, escolar, carga, etc.) y de cuenta propia, el trámite deberá realizarlo directamente en la Agencia Metropolitana de Tránsito (AMT)
- Los automotores del TRANSPORTE PÚBLICO, que publiciten o presten servicio de publicidad de terceros, deberán pagar una tasa del 25% de la RBU por vehículo por mes, a ser cancelado en la cuenta del DMQ
- En el caso de ser renovación, se deberá presentar una solicitud simple y dirigida a la máxima autoridad de la Secretaría de Movilidad, anexando la licencia Metropolitana de Urbanística de Publicidad Móvil LMU-41B a ser renovada