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Publicidad exterior móvil
- La Solicitud de LMU-41 es requisito indispensable para el permiso de publicidad exterior móvil para TRANSPORTE PÚBLICO EN BUSES y TRANSPORTE PARTICULAR; para Transporte Comercial (taxis, escolar, carga, etc.), el trámite deberá realizarlo directamente en la Agencia Metropolitana de Tránsito (AMT)
- Tanto TRANSPORTE PÚBLICO EN BUSES como TRANSPORTE PARTICULAR, que publiciten o presten servicio de publicidad de terceros, deberán pagar tres (3) Remuneraciones Unificadas en la ventanilla de recaudación de la Secretaria de Movilidad
- En el caso de ser renovación, se deberá presentar una solicitud simple y dirigida a la máxima autoridad de la Secretaría de Movilidad, anexando la licencia metropolitana de urbanística de Publicidad Móvil LMU-41 o ser renovada.